Su médico es quien decide cuando ha de darle el alta. Se lo comunicará con antelación para que Ud. pueda preparar su salida del Hospital
El alta voluntaria
Recogida en la Ley 41/2002 de 14 de Noviembre. Se reconoce su derecho a no aceptar el tratamiento prescrito, proponiéndole, en ese caso, la firma del alta voluntaria, salvo cuando exista riesgo para la salud pública a causa de razones sanitarias o cuando exista riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo.